Incluso, aquellos accidentes “in itinere”, es decir, aquellos sufridos por el trabajador al ir y retornar de éste. Sin embargo, para que sea catalogado de esta guisa, se requiere de lo siguiente: que el accidente ocurra en el camino de ida o Revés; que no se generen interrupciones entre el https://hafizl035swa4.onzeblog.com/profile